Un accidente de trabajo es toda lesión corporal sufrida por el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena. Se incluyen también las lesiones producidas en el trayecto habitual entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador (accidentes “in itinere”).
¿Quieres consultar la normativa? Ve al artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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Por enfermedad profesional y accidente de trabajo: se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja (el día de la baja se entiende que ha sido trabajado).
¿Se puede cobrar el 100% del salario por una baja de accidente profesional?
Sí. Algunos Convenios Colectivos establecen la obligación de la empresa de completar el 25% del salario restante para el cobro del 100%.
¿Hay una indemnización por accidente laboral en Canarias?
Sí, si se demuestra que la empresa ha sido responsable del accidente laboral, ya sea por incumplir la prevención de riesgos laborales o no adoptar todas las medidas necesarias para evitar el accidente.
Si la persona trabajadora sufre limitaciones funcionales pero como para que esté incapacitado/a, se abonará una indemnización según el baremo de lesiones permanentes no invalidantes.
¿Tengo derecho a una incapacidad permanente por accidente laboral?
Bien durante los primeros 365 días, o bien durante los siguientes 180, o bien cuando se acabe el año y medio máximo de baja temporal, podrá proponerse que te concedan una incapacidad permanente.
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¿Tengo derecho a una indemnización por incapacidad permanente?
A parte de la prestación que te corresponda por incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez), algunos Convenios Colectivos establecen una mejorar voluntaria de la Seguridad Social: es decir, una indemnización en caso de que el trabajador o trabajadora tenga una incapacidad permanente.
¿Tiene que pagar la empresa una indemnización por incapacidad permanente?
La empresa no tiene que pagar la indemnización si cuenta con el seguro correspondiente que cubra estas contingencias. Es importante que tengas en cuenta que el Convenio Colectivo que aplicas en la relación laboral puede establecer la obligación de contar con un seguro de incapacidad permanente, muerte o jubilación.
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