El paro: la prestación de desempleo.
La prestación de desempleo o paro es un ingreso que se recibe mientras estamos en situación de desempleo (sin trabajo remunerado), siempre y cuanto tengamos derecho a ello.
Los requisitos para cobrar el paro son:
- Haber realizado inscripción como persona desempleada en el S.E.P.E.: el Servicio Estatal Público de Empleo.
- Tener cotizado un tiempo mínimo.
- No haber gastado el tiempo de cotización mínimo para el cobro del paro.
- Y estar en situación legal de desempleo.
Si quieres más información sobre los requisitos, puedes consultar aquí https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo
La situación legal de desempleo: cómo te lo cuenta una abogada de Tenerife.
La mayoría de las personas se preguntan si sus despidos le dan derecho a cobrar el paro. Algunas empresas ofrecen “dar el paro”.
Pero el paro no lo da la empresa. Para poder beneficiarte de tu derecho al cobro de prestación, debes cumplir los requisitos mínimos que establece el S.E.P.E.
Lo que tienes que tener en cuenta es que hay situaciones que SÍ SON adecuadas porque cumplen los requisitos del S.E.P.E. para el cobro de la prestación, y otras que NO. Vamos a verlas a continuación.
SITUACIONES EN LAS QUE PUEDES COBRAR EL PARO:
Después de muchas consultas, como abogada en Tenerife puedo contestarte de una forma sencilla y resolutiva esta pregunta.
Si cumples con los requisitos que están en el inicio de este apartado, te voy a explicar que es una “situación legal” de desempleo.
Una persona se considera en “situación legal de desempleo” cuando la relación laboral que mantenía antes de quedarse desempleado/a ha finalizado según alguna de las causas previstas en el artículo 49 del Estatuto de Trabajadores, PERO NO SON TODAS.
A continuación, te cuento cuáles son las situaciones de final de contrato que te dan lugar a cobrar el paro (si reúnes el resto de requisitos):
- Por las causas consignadas válidamente en el contrato.
- Por expiración del tiempo convenido, si tu contrato tenía una causa temporal.
- Por muerte, jubilación en los casos previstos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o incapacidad del empresario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44, o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
- Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo, siempre que su existencia haya sido debidamente constatada conforme a lo dispuesto en el artículo 51.7.
- Por despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Por despido del trabajador.
- Por causas objetivas legalmente procedentes.
Como ves, la “la situación legal de desempleo” es la que deriva de alguna de las causas antes expresadas.
Lo más habitual, es que tengas derecho a cobrar la prestación de desempleo tras un despido.
¿Puedo cobrar el paro si me voy de la empresa?
La dimisión o salida voluntaria de la empresa no es una de las situaciones legales que da lugar a que puedas cobrar el paro.
Es decir: si te vas voluntariamente de la empresa o abandonas el puesto de trabajo (dejas de ir sin avisar que te vas) no podrás cobrar el paro.
No pierdes la cotización, y el paro se va acumulando hasta que después de tu próxima relación laboral estés en una de las situaciones del apartado anterior.
¿Cuánto voy a cobrar de paro?
Esto es algo que depende enteramente de cuánto tiempo hayas cotizado, acumulado y de la duración de la relación laboral y el tipo de jornada que tenías (completa o parcial).
Como abogada laboralista, puedo facilitarte una calculadora no vinculante para que puedas hacer un cálculo estimado de cuánto recibirás por tu prestación de desempleo. Revísala aquí: https://sede.sepe.gob.es/dgsimulador/introSimulador.do
¿La empresa se puede negar a darme el paro? La visión de una abogada especialista en despido en Tenerife.
No. La empresa no se puede negar a darte el paro porque la empresa no puede decidir si te lo da o no. Esto lo decide el S.E.P.E. en colaboración con el Servicio Canario de Empleo.
Recuerda que lo único que decide la empresa es la forma en la que te despide: la empresa puede despedirte mediante despido objetivo o despido disciplinario. Ambos despidos son considerados situación legal de desempleo, por lo que si reúnes el resto de requisitos, podrás cobrar el paro.